La “proscripción” de Cristina Fernandez, viuda de Kirchner

La “proscripción” de Cristina Fernandez, viuda de Kirchner
2278345 Russia, St. Petersburg. 09/05/2013 President of Argentina Cristina Fernandez de Kirchner attends a working meeting of G20 heads of state and government, heads of invited states and international organizations. Alexei Danichev

Con el propósito de enfatizar la importancia del lenguaje, un profesor de comunicación contaba la siguiente anécdota: un anciano ermitaño bajó de la montaña luego de muchos años de meditación y sus seguidores anunciaron en el pueblo que en una única y significativa conferencia revelaría el secreto de la vida y la inmortalidad. Por cierto, que el anuncio despertó una gran expectativa y el anfiteatro del pueblo se llenó totalmente. Sin embargo, a la mitad de la charla casi todos los asistentes se retiraron decepcionados pues el anciano expuso sus verdades en el único idioma que conocía: el arameo.

La conclusión de este ejemplo es que el primer requisito para la comunicación, y más importante aún que la calidad expositiva o el valor del mensaje, es hablar un lenguaje que tu interlocutor pueda comprender.

Pero aun hay algo más. ¿Qué sucede si tu interlocutor habla un lenguaje que conoces, pero asigna a las palabras un significado propio y distinto al de los diccionarios? La respuesta es que notarías con perplejidad que lo que te dicen no tiene sentido lógico y se torna incomprensible.

Esta es la situación a la que se ven sometidos los argentinos cuando la Cristina Fernández y sus seguidores piden que se levante la proscripción de la señora para que ella no se vea privada de participar cono candidata en la próxima elección.  Inútil es que los mejores juristas expliquen que Cristina Fernández no está proscripta pues la condena por corrupción que le impuso un tribunal federal no le priva de sus derechos electorales hasta que no quede firme, dado que la señora y sus seguidores han cambiado el significado de los términos en el marco de un lenguaje propio, hermético y falaz en el que cuando dicen “proscripción” quieren significar “condena”.

Cristina Fernández asume que si se presentara con una condena de primera instancia sus opositores se harían una fiesta con la figura de la “candidata condenada por corrupción” y eso la pondría en una situación de desventaja que ella asume como una proscripción. De modo que cuando pide que se levante su proscripción lo que en realidad está pidiendo es que se anule su condena y de paso se coloca en una posición de víctima que tan bien encaja en su personalidad y que ya utilizó con gran éxito y eficacia cuando devino en llorosa y desvalida viuda de Kirchner.

Siguiendo esta lógica, su pedido apunta concretamente a los tres jueces del Tribunal Federal de Casación Penal que constituyen la segunda instancia y que tienen la potestad de anular el fallo anterior. De modo que no vale la pena seguir explicando que la señora no está proscripta, pues ella bien lo sabe, y solo se vale del artilugio lingüístico para modificar arbitrariamente el significado de las palabras y pedir lo que no tiene derecho a pedir y presionar sobre los jueces a los que no debe presionar.

Es presumible que los señores magistrados, en su mundana sabiduría, hagan uso de la prerrogativa de no tener tiempos ni apremios para emitir su fallo y no liberen a Cristina Fernández de su dilema, de modo que tendrá que decidir si se expone al escarnio de ser la candidata condenada o se queda en la tribuna viendo pasar la elección en que se juega su última chance presidencial y probablemente también su libertad.

Esperemos por el bien de la república y sus instituciones que la falsa proscripción quede limitada a un juego de palabras y no derive en un mayúsculo bochorno institucional.

Buenos Aires, 26 de febrero de 2023

JUAN CARLOS NEVES

PRESIDENTE DE NUEVA UNIÓN CIUDADANA

Redazione

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